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Últimos días para solicitar el BONO-ALIMENTACIÓN.

Desde el Excmo. Ayto. de Málaga y para conocimiento general se ofrece información de interés sobre el BONO-ALIMENTACIÓN, en una convocatoria cuyo objeto es regular la prestación económica denominada bono-alimentación, que consiste en facilitar a las unidades familiares con una media de ingresos bajos o insuficientes, un complemento económico, para cubrir las necesidades básicas de alimentación.




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DETALLE DE LA CONVOCATORIA:

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán ser solicitantes y en su caso beneficiarios del bono alimentación los miembros de las unidades familiares que reúnan los requisitos establecidos en el artículo número 4 de la presente convocatoria. Se entiende por unidad familiar, a efectos de esta convocatoria, la constituida por familias monoparentales que tengan hijos con lazos de parentesco por consanguinidad o por adopción hasta segundo grado, y familias biparentales que estén relacionadas entre sí por matrimonio, pareja de hecho u otra relación debidamente acreditada y tengan hijos con lazos de parentesco por consanguinidad o por adopción hasta segundo grado, y que en ambos casos convivan efectivamente en un mismo domicilio.
  • Fecha de solicitud:Desde el 16 de mayo al 5 de junio.

Documentación necesaria

Solicitud según el modelo oficial normalizado, debidamente cumplimentada (una por unidad familiar)

Obligaciones económicas

Reintegrar las cantidades que no hayan sido debidamente justificadas o se hayan destinado a un fin distinto para el que fueron concedidas.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: La instrucción del procedimiento de concesión de esta convocatoria recaerá sobre la Dirección General del Área.
  • Órgano de resolución: La competencia para la resolucón del procedimiento de concesión de esta convocatoria corresponde al Teniente de Alcalde Delegado del Área

Otros datos de interés

Otros requisitos:

- Para poder ser solicitante del bono-alimentación es necesario que cumplan con los requisitos que se detallan a continuación. a) Estar empadronados todos los miembros de la unidad familiar en el municipio de Málaga. b) Acreditar la titularidad, en régimen de alquiler o propiedad, de una vivienda coincidente con el domicilio del empadronamiento. c) No poseer más propiedades que la vivienda que habitan. d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. e) Estar incluido dentro de los límites de ingresos que establece la presente convocatoria (Anexo). f) No ser perceptor ningún miembro de la unidad familiar de prestaciones reguladas en el reglamento de prestaciones económicas de los servicios sociales comunitarios del Ayuntamiento de Málaga durante 2015-2016. g) Haber procedido a la justificación documental de prestaciones recibidas del Reglamento de Prestaciones Económicas de los Servicios Sociales Comunitarios, así como de esta convocatoria, de años anteriores.

Procedimiento:

Procedimiento presencial:

  • Presentación de solicitud y aportación de la documentación
  • Propuesta Resolución Provisional. Exposición tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, localizado en la página WEB de este Ayuntamiento.
  • la resolución definitiva se notificará a los interesados mediante exposición en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, localizado en la página WEB de este Ayuntamiento al objeto de que los solicitantes puedan hacer uso de los recursos a que en derecho haya lugar.
  • Pago anticipado de la prestación: Una vez resuelta la presente convocatoria, se procederá al ingreso de la prestación en la cuenta designada por el usuario para su uso en los términos señalados en esta convocatoria.

Para más INFO: Excmo. Ayto. de Málaga.

DIARIO SOCIOCULTURAL DE SERVICIO PÚBLICO EN DISTRITO 2 - MÁLAGA ESTE

                     



 

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